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  • BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA VENTA DIRECTA
  • BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA SUBASTA ONLINE A LA BAJA
  • BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA SUBASTA PRESENCIAL

BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA VENTA DIRECTA

Los inmuebles en venta por la opción VENTADIRECTA, no están sujetos a subastas.
Se presupone que los inmuebles de esta sección se encuentran ajustados en precio.

PONER EL INMUEBLE EN VENTA DIRECTA

Como vendedor se tienen 2 opciones; insertar el anuncio por su cuenta o contar con la mediación de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo. (Opción que recomendamos)

1ª OPCIÓN :

    1. Realice previamente su registro como usuario vendedor en nuestra WEB.
    2. Ingrese o realice pago de la tarifa de publicación para cada inmueble.
    3. Introduzca los datos de su propiedad, fotos, características y el importe de venta, deberá hacer click en el botón VALIDAR para que WWW.SUBASTADIRECTA.ES reciba y verifique la información.  El anuncio será validado una vez confirmado el ingreso y la publicación será por plazo de 40 días salvo otro pacto.
    4. Recibirá un correo electrónico/llamada telefónica confirmando la inserción de anuncio.
    5. Si usted vende su inmueble/s por esta opción y sin tener vinculación con algún Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo, no se devengará comisión alguna  por la venta

Si durante el transcurso y duración de la publicación de su anuncio en la web y antes de que este llegue al final de su publicación, hay una oferta de compra sobre su inmueble/s le será remitido un correo electrónico con los datos de la persona interesada., lógicamente lo normal es que previamente haya visitado y conozca su propiedad.
Al tratarse de la opción VENTADIRECTA usted como propietario tendrá que pactar personalmente con la persona interesada en su inmueble/s los términos y condiciones de compra, visitas, importe de reserva, fecha firma escritura pública, etc.

 2ª OPCIÓN :

1º- Contacte con el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo de WWW.SUBASTADIRECTA.ES para la firma del documento de autorización/encargo de venta, en el que se pactan las condiciones de la venta (honorarios, precio de venta, etc).
2º Aportación por parte del vendedor de toda la documentación necesaria para configurar la ficha técnica del inmueble, hemos de pensar que ésta es nuestro escaparate para la venta, por lo que a más información y datos , hay más transparencia y confianza para poder realizar la operación con nuestro inmueble. La documentación es la siguiente:

    1. Nota Registral
    2. Escritura de la propiedad, contribución urbana, certificado comunidad y toda cuanta sea requerida por legislación y normativa estatal, regional o provincial.
    3. Hipoteca: importe y condiciones (son datos necesarios para una posible subrogación).

El vender nuestra propiedad contando con la mediación de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo nos permite que sea este la persona encargada de mostrar y visitar su propiedad, filtrar a los posibles compradores, asegurándonos que los que decidan ofertar por su propiedad sean los que realmente quieran comprar., será el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo la persona que redacte el contrato de compraventa en los términos y condiciones pactados por las partes y estando en todo momento asesorado profesionalmente si existe dicha mediación.
Es importante recordarle que si realiza su venta mediante un franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo, su producto podrá ser ofertado a la cartera interna de clientes compradores, aumentando así las posibilidades de venta.
Es importante recordarle también que fije un precio atractivo de venta
Como vendedor y a través de nuestros Franquiciado/s de zona o colaborador/es dependiente/s del mismo podrá realizar el seguimiento de su inmueble visitas realizadas.
YA PUEDE RECIBIR VISITAS/OFERTAS  La venta en el caso de VENTA DIRECTA partirá de un precio fijo y no sujeto a subasta (ni al alza ni a la baja), siendo potestad de usted el aceptar o denegar la oferta de compra (dependiendo de la condiciones de compra, forma de pago, fecha Escrituras, etc)., de estar vinculada su propiedad a un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo será este la persona que le haga llegar las ofertas o citarle personalmente con el futuro comprador para pactar las condiciones de compra.
Los gastos de compraventa serán conforme a Ley., salvo pacto en contrario de las partes.
Los gastos e impuestos consecuencia del otorgamiento de la escritura pública de compraventa serán por cuenta de cada parte conforme a lo establecido legalmente. En consecuencia corresponden a la parte compradora los gastos de primera copia de la escritura y posteriores, los de la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad, el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales/ I.V.A y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la escritura de compraventa. A la parte vendedora le corresponde abonar los gastos de la escritura matriz y el pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Usted como propietario/s entregará el inmueble/s libre de cargas, así como de arrendatarios, ocupantes o precaristas y al corriente en el pago de gastos de la Comunidad de Propietarios, según acreditará la parte vendedora mediante certificado del Secretario de la Comunidad con el visto bueno del Presidente, emitida conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.

 

BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA SUBASTA ONLINE A LA BAJA

 

PONER EL INMUEBLE EN SUBASTA

Como vendedor se tienen 2 opciones; insertar el anuncio por su cuenta o contar con la mediación de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo.

1ª OPCIÓN :

    1. Realice previamente su registro como usuario vendedor en nuestra WEB.
    2. Ingrese o realice pago de la tarifa de publicación.
    3. Introduzca los datos de su propiedad, fotos, características y el importe de salida a la baja., deberá ir a hacer click en el botón VALIDAR para que WWW.SUBASTADIRECTA.ES reciba y verifique la información.  el anuncio será validado una vez confirmado el ingreso (20 euros coste promocional), la publicación será por plazo de 40 días salvo otro pacto.
    4. Recibirá un correo electrónico/llamada telefónica confirmando la inserción de anuncio.
    5. Si usted vende su inmueble/s por esta opción y sin tener vinculación con algún Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo no se devengará comisión alguna  por la venta

 2ª OPCIÓN :

 

1º- Contacte con el Franquiciado de zona o colaboradores dependientes del mismo de WWW.SUBASTADIRECTA.ES para la firma del documento de autorización de venta, en el que se pactan las condiciones de la subasta.
2º Aportación por parte del vendedor de toda la documentación necesaria para configurar la ficha técnica del inmueble, hemos de pensar que ésta es nuestro escaparate para la venta, por lo que a más información y datos , hay más transparencia y confianza para poder realizar la operación con nuestro inmueble. La documentación es la siguiente:

    1. Nota Registral
    2. Escritura de la propiedad, contribución urbana, certificado comunidad y toda cuanta sea requerida por legislación y normativa estatal, regional o provincial.
    3. Hipoteca: importe y condiciones (son datos necesarios para una posible subrogación).

El vender/ subastar nuestra propiedad contando con la mediación de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo nos permite que sea este la persona encargada de mostrar y visitar su propiedad, filtrar a los posibles compradores, asegurándonos que los que decidan pujar por su propiedad sean los que realmente quieran comprar. (Hay que realizar un documento firme de puja con depósito de cheque bancario a nombre del vendedor para hacerle llegar al vendedor la oferta), y finalmente será el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo la persona que una vez aceptada la puja redacte el contrato de compraventa en los términos y condiciones pactados por las partes y estando en todo momento asesorado profesionalmente si existe dicha mediación.
Es importante recordarle que si realiza su venta mediante un franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo, su producto podrá ser ofertado a la cartera interna de clientes compradores, aumentando así las posibilidades de venta.
Es importante recordarle que si no partimos de un precio atractivo, no tiene sentido nada de lo expuesto y por lo tanto la venta tendría que ser por otro canal o sistema y no el de la subasta.
Como vendedor y a través de nuestros Franquiciados de zona o colaboradores dependientes del mismo podrá realizar el seguimiento de su inmueble y del historial de pujas realizadas.
Si durante el transcurso de la subasta y antes de que ésta llegue a su final, hay una puja sobre su inmueble le será remitido un correo electrónico con los datos de la persona interesada y el importe de su oferta., lógicamente lo normal es que previamente haya visitado y conozca su propiedad.
YA PUEDE RECIBIR OFERTAS  La subasta en el caso de puja online comenzará con el precio de salida a la baja, siendo potestad de usted el aceptar o denegar el importe ofertado., de estar vinculada su propiedad a un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo será este la persona que le haga llegar las ofertas y las pujas recibidas previo deposito de una fianza.

En caso de ser rechazada por usted la oferta, la señal/fianza entregada será reembolsada al postor  en el plaza máximo de un mes desde la finalización de la subasta del inmueble.

De tratarse de venta directa de propietario/particular tendrá que pactar personalmente con la persona interesada en su inmueble los términos y condiciones de compra, visitas, importe de reserva, fecha firma escritura pública, etc.

 

En caso de que el licitador/comprador no suscribiera el contrato de arras en el plazo de los 15 días hábiles desde la finalización de la subasta y aceptación por su parte como propietario., la misma quedará sin efecto, perdiendo el importe del depósito entregado como fianza. La cantidad de dicha fianza o depósito se repartirá a partes iguales con la propiedad y el franquiciado de zona y/o agente colaborador dependiente del mismo en concepto de daños y perjuicios., quedando en cualquier caso a salvo de que la persona que haya realizado el depósito recurra a los tribunales de justicia y obtenga un pronunciamiento favorable en cuyo caso ambas partes habrán de devolver esta cantidad sin que www.subastadirecta.es garantice el cobro de importe alguno en concepto de daños y perjuicios.

En el caso de que el licitador/comprador que se aproxime al precio de salida desistiera de continuar con la adquisición, se ofrecerá al siguiente licitador/comprador o persona que realizó la oferta por el precio inmediatamente inferior o igual siempre que este importe fuese aceptado por usted como propietario.
Los gastos de compraventa salvo que se especifique otro, serán conforme a Ley.
Los gastos e impuestos consecuencia del otorgamiento de la escritura pública de compraventa serán por cuenta de cada parte conforme a lo establecido legalmente. En consecuencia corresponden a la parte compradora los gastos de primera copia de la escritura y posteriores, los de la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad, el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales/ I.V.A y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la escritura de compraventa. A la parte vendedora le corresponde abonar los gastos de la escritura matriz y el pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Usted como propietario/s entregará el inmueble/s libre de cargas, así como de arrendatarios, ocupantes o precaristas y al corriente en el pago de gastos de la Comunidad de Propietarios, según acreditará la parte vendedora mediante certificado del Secretario de la Comunidad con el visto bueno del Presidente, emitida conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.

 

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRAS Y LA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRAVENTA
En el plazo que se determine en el contrato de arras se otorgará escritura pública de compraventa ante el Notario
que el propietario y el comprador acuerden, con la intermediación del Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo si la venta se fijó con la mediación de los mismos.

 

BASES Y CONDICIONES PARA EL VENDEDOR/PROMOTOR EN LA SUBASTA PRESENCIAL

PONER EL INMUEBLE EN SUBASTA PRESENCIAL

Como vendedor PARTICULAR O PROMOTOR se tiene que seguir el siguiente procedimiento:

1º- Contacte con el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo o solicite información en nuestra web referente a los datos de contacto de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo de WWW.SUBASTADIRECTA.ES para la firma del documento de autorización de venta, en el que se pactan las condiciones de la subasta (honorarios, precio de salida, etc).
Quedará a criterio del Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo el aceptar o denegar la incorporación de su inmueble en subasta presencial ya que normalmente son un número limitado las unidades que se pueden incorporar a la misma.
El coste de incorporación por inmueble para el propietario particular en subasta presencial es de 300€.- trescientos euros + IVA que serán abonados en el momento de firmar el documento de autorización de venta.
El coste de incorporación en subasta presencial por inmueble para un Promotor/ Constructor o Grupo inmobiliario, será negociado personalmente por el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo, en función a tipo de producto, número de inmuebles y características.
2º Si es aceptada su incorporación a la misma por parte del Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo, solicitará que sea aportada por parte del vendedor particular o promotor toda la documentación necesaria para configurar la ficha técnica del inmueble, hemos de pensar que ésta es nuestro escaparate para la venta, por lo que a más información y datos , hay más transparencia y confianza para poder realizar la operación de venta con nuestro inmueble. La documentación es la siguiente:

    1. Nota Registral
    2. Escritura de la propiedad, contribución urbana, certificado comunidad y toda cuanta sea requerida por legislación y normativa estatal, regional o provincial.
    3. Hipoteca: importe y condiciones (son datos necesarios para una posible subrogación).

3º Recibirá un correo electrónico/llamada telefónica por parte de su Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo confirmando la inserción de anuncio.

El vender/ subastar nuestra propiedad contando con la mediación de un Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo nos permite que sea este la persona encargada de mostrar y visitar su propiedad, filtrar a los posibles compradores, asegurándonos que los que decidan pujar por su propiedad sean los que realmente quieran comprar. (Hay que realizar un documento firme de puja con depósito de cheque bancario a nombre del vendedor para hacerle llegar al vendedor la oferta en el caso de que esta se realizase antes de la celebración de la subasta presencial)., y finalmente será el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo la persona que una vez aceptada la puja redacte el contrato de compraventa en los términos y condiciones pactados por las partes y estando en todo momento asesorado profesionalmente.

 

Los gastos de compraventa salvo que se especifique otro, serán conforme a Ley.
Los gastos e impuestos consecuencia del otorgamiento de la escritura pública de compraventa serán por cuenta de cada parte conforme a lo establecido legalmente. En consecuencia corresponden a la parte compradora los gastos de primera copia de la escritura y posteriores, los de la inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad, el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales/ I.V.A y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la escritura de compraventa. A la parte vendedora le corresponde abonar los gastos de la escritura matriz y el pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Usted como propietario/s entregará el inmueble/s libre de cargas, así como de arrendatarios, ocupantes o precaristas y al corriente en el pago de gastos de la Comunidad de Propietarios, según acreditará la parte vendedora mediante certificado del Secretario de la Comunidad con el visto bueno del Presidente, emitida conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ARRAS Y LA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRAVENTA
En el plazo que se determine en el contrato de arras se otorgará escritura pública de compraventa ante el Notario
que el propietario y el comprador acuerden, con la intermediación del Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo.
¿QUIEN ORGANIZA LA SUBASTA?
La subasta serán organizadas por Subasta Directa S.L., el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo.
En ocasiones se combina en un mismo evento Salón Inmobiliario y Subastas DUO, facilitando que el comprador pueda pujar por el inmueble que más le interese y pueda consultar directamente con el Promotor la información relativa a dichos inmuebles así como conocer la oferta inmobiliaria de que disponen dichos  promotores presentes en el evento, pudiendo adquirir directamente de las distintas promotoras presentes el producto que más le interese., de no combinarse con un salón en la subasta se encontrarán presentes los promotores, propietarios de los inmuebles o sus apoderados.
¿QUE ES LA SUBASTA DUO?
La SUBASTA DUO consiste en la realización de un evento combinando subasta al alza y subasta a la baja.
·         Subasta al alza; Cada inmueble se presentará con un precio de salida mínimo, en caso de que alguno de los Postores puje por el inmueble en el precio de salida dicho precio irá aumentando progresivamente, a criterio del Subastador (persona que presenta los lotes y dirige la subasta), adjudicándose a la persona que puje a un precio más alto., en caso de que nadie puje por el inmueble a precio de salida el inmueble se retirará automáticamente de la subasta.
·         Subasta a la baja; Cada inmueble se presentará con un precio de salida máximo, dicho precio se irá reduciendo progresivamente, a criterio del Subastador/ Organización, hasta que alguien en la sala puje en la compra a ese precio reducido, la primera persona en levantar la tarjeta numerada será la adjudicataria del inmueble al precio de salida o precio reducido correspondiente en ese momento.
Si nadie pujase por el inmueble/ lote, una vez alcanzado el precio mínimo fijado por la organización, este se retirará automáticamente de la subasta.
Los descuentos hasta alcanzar el precio mínimo para los distintos inmuebles/lotes no guarda ninguna relación entre ellos, siendo facultativos del subastador/organización.
El Subastador cuidará de que la subasta se celebre con el debido orden y con las garantías necesarias a los intereses de los concurrentes, teniendo facultades exclusivas para dirimir cualquier controversia.

La organización, se reserva el derecho a no incluir en la página web, el precio mínimo de salida al alza.
LOS PRECIOS REFLEJADOS  DE SALIDA AL ALZA NO TIENEN POR QUE COINCIDIR CON LOS PRECIOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS POR EL PROMOTOR

La subasta DUO se llevará a cabo en el día/s, que estime oportuno/s la Organización y el Franquiciado de zona, siendo informado en todo momento por el Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo en lo referente a la realización de la misma.

Para que el inmueble/s de su propiedad puedan subastarse es necesario que usted se encuentre presente mientras se realice el evento con toda la documentación legal necesaria, de no encontrarse usted presente o algún representante legal se procederá a retirar su inmueble de la subasta no teniendo nada que reclamar por su parte en concepto de daños o perjuicios a la organización ni al Franquiciado de zona o colaboradores dependientes del mismo.

Las personas que resulten adjudicatarias deberán suscribir a continuación un contrato privado de compraventa con la propiedad, entregando un 10% del precio de compraventa (salvo pacto expreso entre la propiedad y la parte adjudicataria), pago que podrá efectuarse en cualquiera de las formas admitidas en derecho (efectivo, cheque, pagaré, letra de cambio, etc). A tal efecto, la propiedad proporcionará el modelo de contrato privado de compraventa, que entregara a los posibles adjudicatarios.

Precio Máximo y Mínimo. La propiedad deberá fijar para cada inmueble un precio de salida (Máximo o Mínimo según el caso), el precio máximo será el precio inicial o de salida del Inmueble (impuestos no incluidos) para cada uno de los inmuebles para la subasta a la baja y el precio mínimo será el precio en el que, ante la ausencia de puja a este precio, serán retirados los inmuebles para este tipo de subasta. Igualmente el precio mínimo será el precio de salida de cada uno de los inmuebles para la subasta al alza. Estos precios no podrán ser modificados, salvo acuerdo expreso y por escrito entre las partes.

El Inmueble no podrá ser adjudicado a precio inferior al que haya fijado la propiedad del mismo como precio mínimo, impuestos no incluidos (en adelante Precio Mínimo o de Reserva). El Precio de Reserva no podrá ser modificado y permanecerá inalterable hasta el día de la Subasta, salvo acuerdo expreso y por escrito entre las partes.

Si no se obtuviese ninguna puja al Precio de Reserva en la subasta de cualquiera de los Inmuebles, este se retirará automáticamente de la puja, quedando La Propiedad libre de cualquier obligación de venta frente a ningún tercero.

La organización se reserva el derecho a no realizar la subasta en el caso de no encontrarse presentes en la sala un mínimo de 10 licitadores/compradores con su correspondiente carta de puja numerada.

La Organización, Franquiciado de zona o colaboradores dependientes del mismo no tendrán ninguna responsabilidad en caso de no adjudicación de cualquiera de los inmuebles en subasta.

La Propiedad autoriza expresamente a Subasta Directa S.L., Franquiciado de zona o colaboradores dependientes del mismo a realizar: mailing, telemarkenting, colocación de carteles, anuncios de prensa, publicación de información comercial y técnica relativa a los Inmuebles objeto del presente contrato en los distintos medios de comunicación audiovisuales, prensa, radio o cuales otros puedan resultar de interés para la comercialización de los Inmuebles. Esta publicidad podrá detallar entre otros los siguientes aspectos de los inmuebles: Precio de Salida, localización, superficie, número de dormitorios, fotografía y descripción registral, datos de contacto de la Propiedad y en general cuantos otros datos sean precisos para la comercialización.

La Propiedad estará obligada a atender a todas aquellas personas interesadas en cualquiera de los Inmuebles y a atenderlas diligentemente en una visita al mismo cuando para ello fuera requerida.

La Propiedad se compromete a colaborar estrecha y regularmente, intercambiando en todo momento la información y documentación necesarias.

La Propiedad facilitará al Franquiciado de zona o colaborador dependiente del mismo en el plazo máximo de una semana desde la firma del encargo de venta en subasta presencial, toda aquella información y documentación que, de acuerdo con la normativa vigente en materia de vivienda y protección a los consumidores, deba de estar a disposición de los posibles compradores. A estos efectos, el cumplimiento de dicha normativa será responsabilidad exclusiva de La propiedad.

Definiciones y Terminología:

• Subastador: Persona que subasta.
• Postor: Persona/licitador que hace la postura más ventajosa en una subasta.
• Puja: Cantidad que un postor/licitador ofrece.

VIGENCIA DE PRECIOS

Los precios de las ofertas expuestas en el catalogo del evento, la pagina Web y otros medios de publicidad y comunicación, tendrán vigencia hasta el final de la subasta de dichos inmuebles.

 
 
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